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Ciudad de México 26 agosto 2026.- Por unanimidad, magistrados electorales cancelaron la metodología en tareas de monitoreo que había aprobado el Instituto Nacional Electoral (INE), para determinar si en los noticieros un periodista descalificaba o menospreciaba a un candidato o partido político.

 En particular, el Tribunal Electoral eliminó de la metodología la variable 14, llamada «Mecanismos Discursivos Indirectos de Descalificación de Personas candidatas y precandidatas».

 Se determinó que dicho instructivo limitaba la libertad de expresión y el derecho de la ciudadanía a recibir información oportuna y veraz.

 Al darle la razón a la impugnación presentada por la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT), la magistrada Claudia Valle señaló que se debe garantizar la libertad periodística y el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz, como un binomio indispensable para el libre desarrollo del debate público en una sociedad democrática.

 Dijo que el marco constitucional y convencional es claro, respecto a que la libertad de expresión y el derecho a la información son valores esenciales para que la ciudadanía manifieste libremente sus ideas, someta al escrutinio público el actuar de quienes gobiernan y cuente con información oportuna para la toma de decisiones colectivas.

 Sostuvo que el estándar convencional y los propios criterios fijados por esta Sala Superior del Tribunal Electoral imponen un mandato de protección reforzado al ejercicio periodístico, porque el flujo de información y la generación de opiniones sobre asuntos de interés público debe privilegiarse.

 «Debe permanecer libre de mecanismos que directa o indirectamente puedan inhibir la participación ciudadana, en especial en el marco del desarrollo de los procesos electorales.

 «Conforme a la línea jurisprudencial, que también ha sido clara de este Tribunal Electoral la función de los medios de comunicación, y con ello, de quienes ejercen la labor periodística, la cual exige condiciones que les garanticen una pluralidad de voces y un debate abierto», sostuvo al exponer el caso.

 Señaló que la variable 14 de la metodología para realizar el monitoreo de noticieros buscaba detectar y registrar manifestaciones implícitas de periodistas y personas comunicadoras que, a juicio de quien realizara dicho análisis, tenían la intención de descalificar precandidaturas y candidaturas.

 «Desde mi perspectiva, la variable carece de parámetros objetivos que permitan atribuir a una expresión periodística la intención implícita de descalificación, de menosprecio o de cuestionamiento indirecto a quienes participen en la contienda electoral.

 «Apunto para efectos de claridad que no es la existencia misma del monitoreo lo cuestionado, tampoco la importancia de contar con información que permita conocer las características de la cobertura noticiosa, lo determinante es que la autoridad responsable no estableció elementos razonables para determinar cuándo una expresión periodística deja de constituir un análisis crítico o una opinión válida y se convierte en una descalificación», explicó.

 La magistrada Claudia Valle detalló que la variable de monitoreo tomaba como base valoraciones subjetivas de quienes estarían a cargo de realizarlo, y consideró que había un efecto inhibidor del ejercicio periodístico, lo que podría afectar la libertad de la crítica y del análisis.

 Alertó que había el riesgo de que los comunicadores pudieran optar por evitar determinadas opiniones ante la posibilidad de que sus expresiones fueran registradas oficialmente como «descalificaciones individuales». Agregó que dicho monitoreo no solo afectaba el derecho de la ciudadanía a recibir información diversa sobre quienes participan en la contienda electoral, sino que también tenía impacto en el derecho de formarse una opinión y construir un voto consciente y racional.

 La metodología que deberá ser eliminada planteaba identificar expresiones o comentarios que fueran mensajes de «descalificación, menosprecio o cuestionamiento» hacia precandidatos y candidatos, con quienes se utilizaran «mecanismos discursivos indirectos».

 Para evaluar tal situación se sugería considerar varios puntos en el monitoreo, como contabilizar los programas en que se identificara al menos una expresión de descalificación, menosprecio o cuestionamiento indirecto hacia una persona precandidata o candidata.

 Ello abarcaba el seguimiento de lo que dijeran tanto personas conductoras, locutoras, conductoras, reporteras, analistas o cualquier voz en off.

Por enportada

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