Agencia Reforma
Ciudad de México 20 enero 2026.- A partir de esta semana y luego de que quedó firme la notificación de cobro, el empresario Ricardo Salinas Pliego debe cubrir los 51 mil millones de pesos que adeuda al SAT o manifestar una intención de acuerdo para ajustar el monto.
El pasado jueves 15 de enero, el SAT notificó oficialmente el adeudo; conforme al Código Fiscal de la Federación, a partir de ese momento comenzó a correr el plazo de cinco días para el pago.
«Se enviaron los requerimientos de cobro. Y el Código Fiscal de la Federación establece que, a partir de que surte efectos esa notificación, que fue la semana pasada; se tienen 5 días, que sería esta semana», informó el titular del SAT, Antonio Martínez Dagnino.
Cuestionada sobre las acciones que se tomarán si el empresario no cubre el adeudo dentro del plazo establecido, la Presidenta Claudia Sheinbaum expresó su expectativa de que se realice el pago. «Esperamos que pague», soltó.

La Mandataria recordó que, de acuerdo con lo presentado por autoridades fiscales en semanas previas, existe un esquema legal que permite ajustes al monto a pagar cuando hay intención de liquidar el adeudo.
«En caso de intención de pago podrá solicitar ajustes conforme a las sentencias de los Tribunales. Dependiendo del orden y esquema de pago, el ajuste podrá ser de hasta el 39 por ciento de conformidad con la ley», señaló.
El SAT determinó que los adeudos de ISR de correspondientes a los ejercicios del 2008 al 2013.
Las resoluciones que fueron confirmadas primero por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, después por Tribunales Colegiados de Circuito y, finalmente, por la Suprema Corte.
En diciembre pasado, el SAT informó que Grupo Salinas deberá pagar 51 mil millones de pesos en enero por adeudos y falta de pago de impuestos.
Si no paga
El SAT procedería a un Procedimiento Administrativo de Ejecución:
– Iniciaría o continuaría embargo de bienes, cuentas bancarias, acciones o participaciones en empresas, así como inmuebles y otros activos.
– Podría practicar un embargo precautorio o aseguramiento de bienes si existe riesgo de insolvencia.