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En la FIL Guadalajara, Fernanda Mendoza, consultora del International Authors Forum, advirtió que muchos autores, traductores y editores trabajan sin contratos, pese a que son indispensables para definir remuneración, derechos y evitar abusos. Explicó que en México la protección de obras se rige por derechos de autor —y en algunos casos por copyright— aplicables a textos, software, música, fotografía, cine, videojuegos, bases de datos y traducciones.

Recordó que las obras quedan protegidas desde su fijación en cualquier soporte, aunque recomendó registrarlas ante Indautor o usar el envío postal sellado como prueba. Subrayó que un contrato debe precisar partes, derechos, tipo de obra, tiempo, territorio y modalidades de explotación, evitando ceder más facultades de las necesarias, como traducciones o derivaciones audiovisuales. Añadió que los autores pueden proponer sus propios contratos y que, si no se fija vigencia, la ley establece cinco años automáticamente.

Por enportada

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